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Instruye ITEI denuncia penal contra Mascota Jalisco

27 de Febrero del 2013

Instruye ITEI denuncia penal contra Mascota Jalisco Se tiene por incumplida la resolución del Consejo, se decreta la prescripción de la sanción administrativa y posterior penal respectiva al Sujeto Obligado Ayuntamiento de Mascota Jalisco.

Por unanimidad, el Pleno del Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI), resolvió como incumplido el recurso de revisión 207/2012 en contra del sujeto obligado H. Ayuntamiento de Mascota, Jalisco, por lo que se acordó instruir a la Presidencia del Instituto por conducto de la Dirección Jurídica para la elaboración y posterior interposición de la Denuncia Penal respectiva.

En el recurso, solicitaban información relativa a la relación de montos totales y parciales hechos por concepto de procedimientos que el Ayuntamiento o sus dependencias han instaurado contra empresas o particulares para cobrar ingresos municipales establecidos por las leyes de ingresos, por contribuciones respecto de derechos municipales para otorgar la autorización municipal por el tendido de cable de televisión, telefonía y electricidad, así como para la apertura de zanjas, construcción de infraestructura en la vía pública o instalación de casetas del servicio público de telefonía.

Respecto al recurso de revisión 069/2013 del municipio de Atotonilco el Alto Jalisco, el Consejo por unanimidad lo declaró procedente, de conformidad a lo establecido por el artículo 78.1, fracciones I y VI de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, en virtud de que se interpone en contra de una resolución dictada fuera de los plazos legales y que condiciona el acceso a información pública de libre acceso a situaciones contrarias o adicionales a las establecidas en la ley; sin que se actualice causal de sobreseimiento alguno de las contempladas por el artículo 99 del Reglamento de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

En lo relativo al expediente 026/2013 correspondiente al sujeto obligado Ayuntamiento de Guadalajara, el Consejo del ITEI lo decretó como fundado, se revoca y se requiere. Con el expediente 030/2013 de Tala Jalisco también fue declarado fundado y procedente el recurso de revisión, por lo que se determinó al sujeto obligado emita una nueva respuesta.

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