Entregará Congreso información sobre proceso de elección para consejeros del ITEI

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Entregará Congreso información sobre proceso de elección para consejeros del ITEI

28 de Agosto del 2012

Entregará Congreso información sobre proceso de elección para consejeros del ITEI Por el supuesto de no permitir el acceso completo a la información solicitada, por parte del sujeto obligado en su resolución, el Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI), acordó solicitar al Congreso del Estado de Jalisco, mediante el expediente 406/2012 entregar información relativa a la resolución o acta, donde se nombra a los consejeros ciudadanos del ITEI, en funciones de propietarios y suplentes en copia simple; copia simple del acta o resolución, así como la convocatoria anterior y la actual para consejeros titulares y propietarios; nombre de los consejeros suplentes de la anterior convocatoria; nombres de los diputados que votaron en la sesión plenaria para el nombramiento de los consejeros en funciones, así como copia simple de las actas o resoluciones firmadas por las comisiones o por los diputados.

Y es que pese a que la unidad de transparencia del Congreso del Estado, respondió a esta solicitud, el Pleno del ITEI acordó que se deberá modificar la respuesta del sujeto obligado, y requerir por la información señalada.

Respecto al expediente 433/2012, del Ayuntamiento de El Salto, el Pleno acordó requerir al sujeto obligado, por el supuesto de no resolver la solicitud de información en el plazo que establece la Ley, en el que le solicitan: "¿Qué se ha hecho relacionado con personas con discapacidad durante el periodo 2010- Junio 2012 en Guadalajara? En temas de salud, deporte, vialidad, cultura."

Y es que de las constancias que integran el expediente mencionado, el Consejo se percató que el sujeto obligado emitió resolución con fecha trece de agosto de dos mil doce, y la hizo llegar a la oficialía de partes del Instituto el quince del mismo mes y año, esto es, treinta y un días hábiles posteriores a la fecha límite para emitir un pronunciamiento. Por lo que se determinó que el sujeto obligado incumplió con su deber de emitir resolución dentro del plazo señalado en la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, es decir, ante la omisión del sujeto obligado de pronunciarse y notificar en los plazos legales, se entiende como una resolución en sentido negativo a la pretensión del solicitante, concluyó el Pleno.

En la sesión efectuada este 28 de agosto, El Consejo del Instituto de Transparencia, acordó solicitar al Ayuntamiento de San Cristóbal de la Barranca, entregue la información relativa a la plantilla del personal que integra el actual Ayuntamiento, solicitada en el expediente 420/2012 ya que en este caso en particular el Pleno señaló a existencia de la negativa ficta, debido a que el H. Ayuntamiento de San Cristóbal de la Barranca, omitió formular una resolución expresa dentro de los plazos establecidos en la Ley de la materia, y como consecuencia su falta de pronunciamiento se entiende como una resolución en sentido negativo a la solicitud del ciudadano.

Por último el consejo del ITEI, determinó sobreseer el expediente 452/2012, relativo al ayuntamiento de Puerto Vallarta.

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