Se gira orden de aprehensión en contra de funcionario por el delito de abuso de autoridad

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Se gira orden de aprehensión en contra de funcionario por el delito de abuso de autoridad

09 de Diciembre del 2008

Se gira orden de aprehensión en contra de funcionario por el delito de abuso de autoridad Este martes 9 de diciembre del año en curso se cumplimentó la primera orden de aprehensión en contra de un funcionario público en el Estado de Jalisco por el delito de abuso de autoridad al incumplir una resolución del Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI) y negarse a entregar información pública.

El ex titular de la Unidad de Transparencia del H. Ayuntamiento de Cihuatlán fue puesto a disposición del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Cihuatlán y en las próximas horas se recabará la declaración preparatoria del detenido. El juez tendrá un plazo de 72 horas para resolver su situación jurídica.

De las 27 denuncias penales que ha presentado el ITEI ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco (PGJEJ) desde diciembre de 2005 a la fecha, por incumplimiento a las resoluciones del Consejo del ITEI, ésta es la primera que se ha consignado a un juzgado y en la que se ha girado una orden de aprehensión por el delito de abuso de autoridad.

La solicitud de información pública realizada el 10 de enero de 2008 al H. Ayuntamiento de Cihuatlán contemplaba: plan de trabajo anual, presupuesto, programas y actividades del área deportiva de 2007 y 2008, contratos y convenios con instituciones, donaciones de materiales, contrataciones de entrenadores, boletines informativos, datos de una carrera ciclista y documentos del comodato a un club deportivo.

Cronología de la solicitud de información pública y del recurso de revisión 048/2008

1.El 15 de febrero de 2008 se interpuso el recurso de revisión ante el ITEI por no haber obtenido respuesta a la solicitud, y el pasado 25 de febrero el Consejo del ITEI resolvió el recurso 048/2008, estableciendo que el sujeto obligado no respondió la solicitud de información en el plazo que fija la Ley, operando la figura de la afirmativa ficta, es decir, se ordenó entregar la información.

2.El 12 de mayo de 2008 el Consejo del ITEI acordó por tener incumplida la resolución del Consejo y propuso sancionar con amonestación pública y multa por 50 días de salario mínimo al servidor público que resultara responsable del incumplimiento y presentar denuncia penal en contra de los funcionarios públicos que resultaran responsables.

3.Fue hasta el 29 de mayo de 2008 que se presentó ante la Agenda del Ministerio Público de Cihuatlán la denuncia penal, a la que se le asignó el número de Averiguación Previa 1332/2008.

4.El 29 de octubre del año en curso, el Ministerio Público determinó ejercitar la acción penal y la reparación del daño moral y material.

5.El 05 de diciembre de 2008, se decretó por el Juzgado Mixto de Primera Instancia de Cihuatlán, Jalisco, orden de aprehensión en contra del funcionario público responsable del Ayuntamiento de Cihuatlán, Jalisco.


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