En etapa de investigación la razón por la que municipios apagan grabadoras en sesiones

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En etapa de investigación la razón por la que municipios apagan grabadoras en sesiones

06 de Febrero del 2019

En etapa de investigación la razón por la que municipios apagan grabadoras en sesiones Deben entregar información, Hospital Civil, Secretaría General de Gobierno, Fiscalía, Coordinación General Estratégica de Desarrollo Social, IEPC, Tribunal de Arbitraje y Escalafón y distintos municipios.

El Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI) ordenó iniciar una investigación del por qué se apagan grabadoras en ciertos momentos de las sesiones de algunos municipios; al respecto, la Comisionada Presidente, Cynthia Cantero Pacheco, señaló que es importante determinar si tales acciones se realizaron para proteger datos personales o si el hecho responde a otros motivos.

"Se le ordenó a la Dirección de Datos Personales realizar una investigación sobre los eventos que se han estado presentando, donde se apaga la grabación de la sesión en ciertos momentos de la misma, argumentando que se están tratando o que se está manejando información de carácter confidencial, y por eso no queda en la grabación y tampoco queda transcrita en el acta de la sesión " mencionó.

Los municipios en los que se han presentado estos casos son Valle de Guadalupe y Poncitlán. En los próximos días se presentarán los resultados de la investigación que actualmente realiza la Dirección de Protección de Datos Personales del ITEI.

Respecto a los requerimientos vistos en la sesión, el Organismo Público Descentralizado, Hospitales Civiles de Guadalajara, debe entregar información sobre la cantidad de cámaras que tienen en distintos lugares del Hospital Civil Fray Antonio Alcalde, en ese sentido el Comisionado Pedro Antonio Rosas Hernández explicó que se debe entregar por tratarse de información estadística.

"El Pleno del ITEI ordena que en un plazo no mayor a diez días hábiles entregue la información, esto porque no vulnera la estrategia de seguridad del propio hospital civil por que no pide ni marca, alcance ni configuración en relación a las cámaras simplemente la cantidad de cámaras que se encuentran en tres áreas específicas del hospital" señaló.

Por su parte, el Comisionado Salvador Romero Espinosa lamentó que muchos municipios no realicen los procedimientos adecuados para declarar la inexistencia de cierta información, tal como lo marca el Artículo 86 bis de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios (La resolución del Comité de Transparencia que confirme la inexistencia de la información solicitada contendrá los elementos mínimos que permitan al solicitante tener la certeza de que se utilizó un criterio de búsqueda exhaustivo, además de señalar las circunstancias de tiempo, modo y lugar que generaron la inexistencia en cuestión y señalará al servidor público responsable de contar con la misma.), particularmente, señaló el caso del municipio de Sayula, requerido en ésta sesión.

"Se trata del Recurso de Revisión 020/2019 del ayuntamiento de Sayula (?) en este caso se pide información del consejo municipal de giros restringidos de dicho municipio en los últimos diez años y pues aparentemente, producto de inexistencia de archivos, se le niega la entrega de la información, pero no se desahoga correctamente el trámite o procedimiento previsto" abundó.

Adicional a lo anterior, durante esta Cuarta Sesión Ordinara se ordenó que la Secretaría General de Gobierno y la Fiscalía del Estado entregue información relativa al pago por manejo y pautas de redes sociales; la Coordinación General Estratégica de Desarrollo Social debe entregar información sobre contratos colectivos firmados por el Instituto Superior Tecnológico de Zapotlanejo, Instituto Tecnológico Superior de Zapopan y el Instituto Tecnológico José Mario Molina Pasquel y Henríquez, de los años 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018.

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPC) debe entregar el domicilio de las personas morales constituidas en asociaciones civiles de acuerdo al artículo 693 del Código Electoral del Estado de Jalisco, con el que fueron registrados todos los ciudadanos que compitieron bajo la modalidad de candidatura independiente durante los procesos electorales de los años 2015 y 2018, dado que ejercieron recursos públicos. El Tribunal de Arbitraje y Escalafón deberá entregar información complementaria sobre las condiciones generales de trabajo correspondientes al municipio de Tonalá.

Al DIF Sayula se le ordenó entregar información sobre un evento realizado por autoridades de la escuela José Clemente Orozco y autoridades municipales; los ayuntamientos que deben entregar información diversa son, El Limón, Pihuamo, San Gabriel, Sayula, San Juan de los Lagos y Tala.

Finalmente, en esta sesión, se determinó que el Organismo Público Descentralizado denominado "Instituto de la Mujer Pihuamense" deja de ser considerado como Sujeto Obligado por el Órgano Garante de la entidad.

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