Consejo del ITEI amonestó a Alcalde de Mezquitic y a titular de SITEUR

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Consejo del ITEI amonestó a Alcalde de Mezquitic y a titular de SITEUR

15 de Julio del 2015

Consejo del ITEI amonestó a Alcalde de Mezquitic y a titular de SITEUR Concluye evaluación de transparencia de 50 municipios

El Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI) impuso amonestaciones públicas al Presidente Municipal de Mezquitic, Álvaro Madera López, y al director del general del Sistema de Tren Eléctrico Urbano (SITEUR), Rodolfo Guadalajara Gutiérrez.

Durante la vigésima quinta sesión del Consejo del ITEI, se aprobó amonestar al Alcalde por incumplir con la resolución del pasado 22 de abril y no publicar de manera completa la información fundamental del municipio, luego de que un ciudadano presentó un recurso de transparencia señalando la omisión, según se explicó en el expediente resuelto por la ponencia del Consejero Ciudadano Pedro Vicente Viveros Reyes.

Asimismo se amonestó al director del SITEUR, Rodolfo Guadalajara Gutiérrez, por no publicar información de forma correcta, señaló el Consejero Ciudadano, Francisco Javier González Vallejo.

Además, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva para iniciar procedimiento de responsabilidad administrativa en contra del funcionario o quien resulte responsable, por la probable infracción administrativa.

El pleno aprobó el reporte de evaluación de obligaciones de transparencia de 50 municipios, resultados que serán dados a conocer el martes próximo, una vez que sean notificados a los sujetos obligados a la Ley de Transparencia, informó la Presidenta del ITEI, Cynthia Cantero Pacheco.

Informó que algunos de los municipios evaluados son Arandas, Aclatlán de Juárez, Cuquío, San Miguel el Alto, Tepatitlán, Villa Guerrero, Villa Purificación y Zapotiltic, entre otros, a quienes se les evalúa la información que publican en sus portales de internet.

Por otra parte, el Consejo del ITEI, determinó que el Consejo de Atención a Víctimas del Transporte Público, deberá tener un portal de transparencia, dado que se verificó la inexistencia del mismo, debido a que el sujeto obligado manifestó que no contaban con un portal web, ni publicaban de ninguna manera la información fundamental a la que se encuentra obligado.

En la sesión fueron aprobados 14 recursos de revisión, 12 recursos de transparencia, cuatro determinaciones de cumplimiento y una revisión oficiosa de protección de datos personales.

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