SIAPA debe clasificar como reservada una parte del Proyecto del Acueducto II de Chapala
31 de Octubre del 2011
La admisión de una queja en contra del Sistema Intermunicipal para los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA) por parte del Consejo del Instituto de Transparencia e información Pública de Jalisco determinó, en su sesión extraordinaria llevada a cabo el día de hoy, 31 de octubre de 2011, que respecto a la información sobre el segundo acueducto del Lago de Chapala, con el cual se pretende dotar de agua a la Zona Metropolitana de Guadalajara, la Institución debe atender de manera correcta y entregar la información, aunque el dato de la ubicación geográfica deberá ser reservada.
El Consejo, ante el análisis de la respuesta obtenida por el ciudadano por parte del SIAPA, que derivo en el recurso de revisión con el folio 785/2011, observó que la información no fue atendida correctamente porque se le indicó que los datos estaban en una dirección electrónica, en la cual no es posible acceder a la información pedida como la forma de operación del acueducto, los estudios de ingeniería básica, las evaluaciones y asesorías para ese proyecto, con lo cual falto a lo dispuesto en la Ley de Transparencia que indica que un sujeto obligado no debe remitir a un espacio electrónico para la búsqueda de la información sin referir puntualmente el sitio donde se encuentra como el SIAPA lo hizo.
El Ayuntamiento de Guadalajara deberá entregar un informe detallado sobre el proyecto parquímetros en al colonia Villaseñor o en su caso informar detalladamente si no existe el proyecto mencionado y solicitado, pues el recurrente únicamente recibió como respuesta que no se instalarían en esa colonia, pero no respondió si existe el proyecto, de cuál partida saldrían los recursos para llevarlo a cabo, así como si existe el mapa del proyecto, duración de la obra y si habría licitación o incluso si ésta ya se llevó a cabo.
En el caso del Ayuntamiento de Tecolotlán deberá entregar las cifras de cuánto gastó atendiendo a Damián Vichir en una cena que le ofreció, el recurrente pide se establezca de manera desglosada los montos erogados en vino, refresco, meseros, mariachi, hotel, si le pagaron otras comidas, así como si le llenaron el tanque de gasolina. También está obligado a responder si como Ayuntamiento contrataron o dieron una concesión a la empresa Operadora de Parquímetros y Servicios Unión, S. A de C.V. y cuánto presupuestaron por este contrato o concesión para los Ejercicios 2008 y 2009.
En su sesión de hoy le pleno resolvió 11 recursos de revisión de los cuales; cuatro fueron fundados, lo que implica que fueron favorables al recurrente, cinco fueron desfavorables y dos más fueron sobreseídos, mientras que fueron admitidos 20 recursos de revisión que a partir de hoy entran en su proceso de análisis.