Presenta el ITEI en la PGJEJ denuncias penales en contra de quienes resulten responsables del IPEJAL

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Presenta el ITEI en la PGJEJ denuncias penales en contra de quienes resulten responsables del IPEJAL

23 de Agosto del 2010

Presenta el ITEI en la PGJEJ denuncias penales en contra de quienes resulten responsables del IPEJAL Este lunes 23 de agosto de 2010 el Presidente del Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI), el Mtro. Jorge Gutiérrez Reynaga, acudió a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco (PGJEJ) a presentar la denuncia penal por el delito de abuso de autoridad en contra de quien resulte responsable del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (IPEJAL) por haber incumplido con la resolución del Consejo del ITEI emitida el 11 de mayo de 2010, correspondiente al recurso de revisión 388/2010, a través del cual se ordenó entregar la información relativa al Proyecto de Desarrollo Turístico Inmobiliario denominado Chalacatepec en el Municipio de Tomatlán, Jalisco.

Asimismo, se presentó una segunda denuncia penal en contra de quienes resulten responsables del IPEJAL por el delito de falsedad en declaraciones e informes rendidos a la autoridad, toda vez que el sujeto obligado presentó informes ante el ITEI falseando información relacionada con la información solicitada en tres recursos de revisión, ya que el IPEJAL determinó la reserva de cierta información, que posteriormente, estableció como inexistente.

Una vez presentada la denuncia penal, será la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco (PGJEJ) la encargada de llevar a cabo la investigación correspondiente para fincar las responsabilidades a las personas que resulten responsables del IPEJAL por no haber entregado la información solicitada y falsear datos en los informes enviados al ITEI, respectivamente.

Adicionalmente, en razón de existir respuestas discordantes sobre la misma información, el C. Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco será el responsable de iniciar el procedimiento para sancionar al Lic. Martín J. Guadalupe Mendoza López, Director del IPEJAL, con suspensión temporal del cargo y multa por el importe de doscientos días de salario mínimo (correspondientes a los recursos de revisión 388/2010, 425/2010 y 426/2010), tal como lo aprobó el Consejo del ITEI en los tres procedimientos de propuesta de sanción, al considerar que aquel actuó dolosamente, tal como lo establece en el artículo 104 de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco.

Por su parte, el Lic. Martín J. Guadalupe Mendoza López, Director del IPEJAL, será quien aplique dicha sanción al C. Jorge Albo Torres, asesor del Presidente del Consejo Directivo del IPEJAL, al haberse advertido elementos de convicción suficientes para considerarlo responsable de haber actuado con dolo en la sustanciación de diversas solicitudes de información relativas al referido Proyecto Turístico.

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