Ordena el ITEI al IPEJAL entregar información sobre Chalacatepec

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Ordena el ITEI al IPEJAL entregar información sobre Chalacatepec

11 de Mayo del 2010

Ordena el ITEI al IPEJAL entregar información sobre Chalacatepec En sesión ordinaria celebrada este martes 11 de mayo de 2010, el Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI) ordenó al Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco entregar la información señalada en los recursos de revisión 388/2010, 425/2010 y 426/2010 (éstos dos últimos provenientes de informes de negativa) respecto al Proyecto de Desarrollo Turístico Inmobiliario denominado Chalacatepec en el Municipio de Tomatlán, Jalisco.

Respecto a los tres recursos arriba mencionados, el Consejo del ITEI ordenó además iniciar procedimiento de propuesta de sanción por advertirse suficientes elementos para presumir que algunos servidores públicos del IPEJAL incurrieron en lo establecido en la fracción II del artículo 102 de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, el cual señala que serán causas de responsabilidad administrativa, civil o penal, actuar con negligencia, dolo o mala fe en la sustanciación de solicitudes de acceso a la información o en la difusión de la información a que están obligados conforme a esta Ley.

Por otra parte, el órgano colegiado acordó con base en el artículo 108 de la Ley de Transparencia e Información Pública de Jalisco, presentar denuncia penal en contra de quienes resulten responsables del H. Congreso del Estado de Jalisco por incumplir con la resolución emitida por el Consejo el 1° de diciembre de 2008 correspondiente al recurso de revisión 464/2008. Asimismo, se ordenó iniciar el procedimiento de propuesta de sanción correspondiente que permita determinar a los responsables del incumplimiento a dicha resolución.

En ese sentido, el Presidente del Consejo del ITEI recordó que la denuncia aprobada en la sesión de hoy en contra del H. Congreso del Estado de Jalisco es la segunda que se presenta en el año 2010, luego de que la primera se interpuso en contra de quienes resulten responsables de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Jalisco por no entregar la información materia del recurso de revisión 093/2009 relativa a la campaña del Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco realizada a través de llamadas telefónicas a hogares durante enero y febrero de 2009.

Durante la sesión se resolvieron 42 recursos de revisión de la siguiente forma: 20 fundados ordenándose la entrega de la información, 15 fundados parcialmente, 1 sobreseído, y en 6 se confirma la respuesta del sujeto obligado.

Para la próxima sesión ordinaria se resolverán 23 recursos de revisión que fueron admitidos el día de hoy.


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