295 mdp costaron ceremonias de inauguración y clausura de los JPG 2011: CODE
29 de Noviembre del 2011
El Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI) votó a favor del ciudadano que hizo uso de su derecho de acceso a la información al requerir que el Consejo Estatal para el Fomento Deportivo y el Apoyo a la Juventud del Estado de Jalisco (CODE) le informara de manera desglosada cuánto pagó por las ceremonias de inauguración y de clausura de los Juegos Panamericanos Guadalajara 2011. Pidió también que se le proporcionara una copia de los contratos que se firmaron para los números musicales y artísticos en ambas ceremonias y cuánto se pagó por cada uno.
De igual modo, solicitó la nómina y remuneración mensual del personal que laboró durante la apertura y cierre de la contienda deportiva. El CODE se limitó a informar que el Organismo pagó 295 millones de pesos por los dos espectáculos mencionados a la empresa FIVE CURRENS y afirma desconocer cómo y cuánto pagó la empresa a cada uno de los artistas y personas que laboraron, porque directamente el CODE "no celebró contrato alguno por los conceptos de números musicales y artísticos", y asegura "desconocer el desglose".
Sin embargo, el ITEI, tras investigar y analizar el informe que le fue requerido al CODE sobre el caso, determinó que la información debe ser entregada como la solicitó el ciudadano; esto es, con el desglose correspondiente. Si el Organismo firmó un contrato por 295 millones de pesos con recursos públicos, es inverosímil que no se les haya entregado cómo y en qué se invirtió esa importante cantidad de dinero.
El Consejo, también confirmó y validó la respuesta del Ayuntamiento de Guadalajara respecto de no entregar la videograbación de la cámara, ubicada entre las calles de Jesús García y Federalismo del día 18 de octubre durante el periodo comprendido de las 15:00 a las 22:00 horas.
La información pedida fue clasificada como información reservada por el Comité de Clasificación de Información de ese Ayuntamiento con base en lo establecido en el artículo 23 fracción I de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, en la cual se indica que "se considera información reservada aquella cuya revelación puede causar un daño o perjuicio irreparable al Estado, por tratarse de información estratégica en materia de seguridad del Estado, seguridad pública o prevención del delito".
El Ayuntamiento de Zapopan, por su parte, debe entregar la copia simple que se le requirió de la licencia de giro con la que opera el establecimiento ubicado en prolongación Pino Suárez 550B, o en su caso fundar, motivar y justificar la inexistencia de dicho documento.
El pleno del Consejo del ITEI, en su sesión de este martes 29 de noviembre, resolvió 27 recursos: 16 a favor del ciudadano, cinco fueron sobreseídos, en dos el sujeto obligado deberá cambiar parte de su respuesta y sólo en cuatro se confirmó la respuesta de las instituciones.