Se aprueba recurso de transparencia para el O.P.D. Servicios de Salud Zapopan: ITEI
04 de Septiembre del 2012
Declaran parcialmente fundado el recurso de transparencia y se requiere al sujeto obligado para que publique y actualice la información señalada.
Los decretos, acuerdos y demás normas jurídicas generales, los apartados del plan estatal de desarrollo, los programas operativos anuales aplicables, los manuales de organización aplicables al sujeto obligado y los manuales de procedimiento aplicables al sujeto obligado, fueron los puntos que integraron el recurso de transparencia interpuesto al O.P.D Servicios de Salud Zapopan, por el supuesto del Incumplimiento de publicar información fundamental.
Sin embargo, el Pleno del Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI), resolvió que el acto que reclamó el denunciante, resultó fundado en lo que respecta a los rubros de información fundamental correspondiente a los manuales de organización aplicables al sujeto obligado, apartados del plan Estatal de Desarrollo y los manuales de procedimiento aplicables al sujeto obligado del acta circunstanciada correspondiente a la diligencia de inspección, por lo que se advirtió que el sujeto obligado, no publica los manuales de organización, ni los manuales de procedimiento aplicables al O.P.D. Servicios de Salud del Municipio de Zapopan.
En el caso concreto el O.P.D. Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, debió actualizar su información fundamental dentro de los sesenta días naturales posteriores a la entrada en vigencia de dicha Ley, esto es sesenta días naturales después del primero de abril del presente año, feneciendo el plazo el día treinta y uno de mayo del presente año, por lo que ante el incumplimiento de tener disponible la información fundamental en su página web, se actualiza el incumplimiento de la obligación establecida en el cuarto transitorio referido con antelación.
Durante la sesión también se votaron los siguientes expedites: el 444/2012 del Ayuntamiento de Zapopan, se declaró fundado, sin que se proceda a requerir por la información, toda vez que esta ya fue proporcionada al ahora recurrente por parte del sujeto obligado. El recurso fue interpuesto por el supuesto de no resolver una solicitud en los plazos que establece la ley y solicitaban entre otros puntos, monto por concepto de salario y prestaciones de técnico de matanza B.
El Expediente 424/2012 también del Ayuntamiento de Zapopan y basado en el supuesto Artículo 78 de la LIPEJM: Punto 1, Fracción: I. No resolver una solicitud en el plazo que establece la ley, fue declarado como fundado, sin que se proceda a requerir por la información, toda vez que esta ya fue proporcionada al ahora recurrente, en el recurso solicitaron información relativa al centro de salud animal, (Nuevo antirrábico).
En los expediente 428/2012 y 432/2012 del Ayuntamiento de Guadalajara, el Pleno del Consejo confirmó la respuesta del sujeto obligado, respecto al expediente 434/2012 del Ayuntamiento de Zapopan el Consejo del ITEI, determinó sobreseerlo.
En esta misma sesión, el pleno acordó realizar una remoción y designación de nuevos servidores públicos en el Instituto quedando como sigue:
Designación de Ernesto Maldonado Ramírez, como Encargado de contraloría. Claudia Berenice González Aguilar, Encargada de recursos financieros. Daniel Ortega Blanco, Técnico en servicios y mantenimiento. Alfredo Pasos Benavides, Chofer mensajero. Rigoberto Silva Robles, Encargado de investigación. María del Rosario Navarro Zamora, Coordinadora de procesos normativos. Rodrigo Reyes Carranza, Auxiliar administrativo y Jessica Martínez Álvarez, como Secretaria.
Por último se acordó la remoción del Lic. Mauricio Moreno Sánchez de la Dirección de Investigación y Evaluación, dejando en ese lugar al Lic. Alfonso Hernández Godínez.