Inicia procedimiento de sanción contra la Secretaría General de Gobierno
20 de Junio del 2012
Pese a que se confirma la respuesta del sujeto obligado, el Pleno del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI), advierte que no respondió en el tiempo marcado por la ley
Por responder una solicitud de información hasta el onceavo día hábil, y no en el quinto día después de haber admitido la solicitud, el Consejo del ITEI, acordó iniciar procedimiento de sanción contra la Secretaría General de Gobierno, tal y como lo señala el artículo 105 fracción IV, de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios. Sin embargo, el Pleno del ITEI confirma la respuesta del sujeto obligado en el recurso 383/2012, reconociendo con ello que la respuesta fue la correcta, pero los plazos no.
La información que el recurrente le solicitó a la Secretaría General de Gobierno fue relativa al número de funcionarios públicos que han sido sancionados o se encuentran sujetos a proceso de sanción por haber negado o no haber entregado información a tiempo y forma, en la solicitud también se pide saber quiénes son, por qué fueron sancionados específicamente y qué sanción recibieron.
En la sesión efectuada este 20 de junio, el Pleno del ITEI también acordó modificar la respuesta que hiciera el Congreso del Estado de Jalisco en el recurso 391/2012, por el supuesto de negar total o parcialmente el acceso a la información pública declarada indebidamente inexistente, en la que se solicitó información relativa al rubro laboral.
En esta misma sesión, también se acordó revocar y requerir la información relativa al recurso 368/2012 correspondiente al Ayuntamiento de Lagos de Moreno, por el supuesto de negativa total o parcial del acceso a la información no clasificada como confidencial o reservada, en la solicitud piden dos copias certificadas de la relación de asistencia de la Dirección de Transito Municipal.
Respecto al recurso 384/2012 del Ayuntamiento de Guadalajara, el Pleno acordó sobreseer.
Por otra parte el pleno acordó resolver dos resoluciones de competencia relativas a los expedientes 89 y 90/ 2012 en la primera determinó competencia para los Ayuntamientos de Guadalajara y Zapopan; el segundo para el Ayuntamiento de San Cristóbal de la Barranca.